SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0717/2016-S2

Fecha: 08-Ago-2016

III.4.1. Del derecho al trabajo en el marco de la norma fundamental

El art. 46.I.1 de la CPE, en relación al derecho al trabajo establece los siguiente: “I. Toda persona tiene derecho al: 1.Al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación y con remuneración o salario justo, equitativo, satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna.