SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0763/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

II.5.

II.5.    En audiencia pública de apelación de medidas cautelares de 22 de abril de 2016, Iván Sandoval Fuentes, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió su voto declarando la procedencia parcial del recurso de apelación formulado por Luís Carlos Saucedo Rivero, al considerar que concurren los presupuestos de los arts. 233.1, 234.1 y 234.6 todos del CPP, determinando que corresponde la revocatoria del Auto apelado y manteniendo la detención preventiva; en relación a la apelación del Ministerio Publico, su voto fue por la improcedencia; siendo de voto disidente parcial la Vocal Sandra Molina Villarroel, porque en relación a la apelación del imputado votó por la procedencia parcial al concurrir tan solo el art. 234.6 del CPP considerando que debía disponerse la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva; y, en relación a la apelación del Ministerio Público su voto fue por que se declare la improcedente; existiendo votos disconformes se convocó a Elena Lowenthal Claros de Padilla, Vocal de la Sala Penal Segunda del mismo Tribunal de Justicia. Cursa acta de audiencia pública de apelación de 27 de abril del citado año (fs. 56 a 73)