SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2016-S1

Fecha: 25-Ago-2016

II.4.

II.4.    El accionante, por memorial presentado el 25 de agosto de 2011,             interpuso recurso de casación en el fondo, solicitando se revoque                     la “Resolución 37/2010” y el Auto de Vista impugnado y se pronuncie Auto Supremo declarando probada la demanda; cuestionando que el Juez a              quo y los Vocales erróneamente refirieron que fue contratado como sereno y por tanto debería aceptar el nuevo cargo, porque en ningún momento se adjuntó el memorándum de chofer; consiguientemente, no se produjo despido indirecto, no le disminuyeron de salario, solo le transfirieron a otra estación; no existió desgaste físico, ni intelectual, ya que, no desempeñó ninguna labor en el cargo designado, –actuando negligentemente–; no le correspondería el pago de los tres meses de salario reclamados y que en realidad abandonó el trabajo; asimismo, el Juez de primera instancia aplicó los arts. 16 incs. d) y f) de la LGT y 9 incs. d) y f) de su Decreto Reglamentario, cuando ya se encontraban derogados; finalmente acotó que la transferencia a un cargo inferior con salario menor era denigrante y humillante (fs. 69 a 75 vta.).