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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2016-S3

    Fecha: 19-Ago-2016

    c)

    c)    La Resolución impugnada no tomó en cuenta que conforme se tiene de las declaraciones de los procesados y testigos, como de la prueba colectada, existen indicios suficientes que demuestran la autoría y participación de cada uno de los sobreseídos en el hecho delictivo que se investiga, por lo tal, corresponde la revocatoria de dicha Resolución.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • I.3.3. Intervención de los terceros interesados
    • Fragmento 10
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • iii)
    • b)
    • c)
    • 1)
    • 2)
    • 3)
    • REVOCAR

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