Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0874/2016-S3
Fecha: 19-Ago-2016
II.1.
II.1. Cursa memorial presentado el 5 de agosto de 2014, por el Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana, de objeción al rechazo de querella dispuesto por el Ministerio Público mediante Resolución 02/2014 de 28 de julio de 2014, en favor de Roberto Gonzales y otros, dentro del proceso penal iniciado por el delito de robo y otros del Santuario de Copacabana (fs. 60 a 67).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.3.3. Intervención de los terceros interesados
- Fragmento 10
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- iii)
- b)
- c)
- 1)
- 2)
- 3)
- REVOCAR