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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2016-S3

    Fecha: 24-Ago-2016

    II.2.

    II.2.  A través de memorial presentado el 27 de agosto de 2014, el hoy tercero interesado interpuso incidente de nulidad de citación por violación a derechos fundamentales, alegando que el ahora accionante conocía su domicilio (fs. 149 a 157), incidente que fue rechazado mediante Auto de 14 de enero de 2015 (fs. 178).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
    • Fragmento 12
    • III.2.   Jurisprudencia reiterada sobre la exigencia de fundamentación de las resoluciones
    • es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan
    • III.3.   La valoración de prueba por parte de la justicia constitucional
    • Fragmento 16
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • b)
    • última notificación a los Vocales ahora demandados
    • citaciones y notificaciones deben ser practicadas por el oficial de diligencias dentro de las veinticuatro horas de admitida la acción de amparo constitucional
    • 1° CONFIRMAR
    • 2° Llamar

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