SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0896/2016-S3

Fecha: 24-Ago-2016

III.3.

           En el presente caso, los accionantes a través de su representante, denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de motivación y congruencia de las decisiones, a la interpretación objetiva e imparcial de las normas jurídicas, a la valoración razonable de la prueba, a la igualdad en la aplicación de la ley y al trabajo, provocado por el AS 621 de 8 de septiembre de 2015, pronunciado por los Magistrados ahora demandados,  dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por los accionantes y otros, contra la empresa hoy tercera interesada, alegando que el mismo fue emitido sin que los nombrados se hubieran pronunciado sobre si el trabajo o actividades son tareas propias y permanentes de la mencionada empresa; asimismo, se apartaron de los motivos alegados en el recurso de casación, y con esos fundamentos declararon improbada la demanda; por otro lado, ingresaron de manera ultra petita a valorar la prueba, como si se hubiera interpuesto el recurso de casación dentro de la previsión normativa del art. 253 inc. 3) del CPC, cuando lo que se denunció fue la aplicación errónea de la norma; de igual manera procedieron a estimar la prueba y a consecuencia de ello llegaron a la conclusión de la inexistencia de relación laboral; asimismo, alegaron a través de una interpretación errada del art. 2 del DS 28699, que el pago de comisión no constituye una remuneración o salario; y finalmente, efectuaron una valoración irracional y omisiva de las declaraciones testificales de cargo, de los certificados de capacitación, de los contratos presentados por la empresa hoy tercera interesada, del estado de ahorros emitido por el Banco de Crédito BCP, de la felicitación por ventas logradas, y del Memorando que demuestra la relación de dependencia y subordinación, emitiendo en consecuencia la Resolución actualmente cuestionada en la presente acción de defensa con ausencia de fundamentación al apartarse sin dar motivos razonables de los precedentes jurisprudenciales resueltos en supuestos análogos.