SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0909/2016-S3
Fecha: 29-Ago-2016
II.1
II.1. Mediante AS 581/2014 de 10 de octubre, pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, se resolvió el recurso de casación en el fondo y en la forma interpuesto por Willy Choque Quispe -hoy accionante- contra el Auto de Vista de 24 de abril de 2014 dictado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, disponiendo anular obrados y que el Juez a quo desestime la demanda incoada por no ser de competencia del juez ordinario civil, decisión emitida dentro del proceso de nulidad de declaratoria de herederos, mejor derecho propietario, acción negatoria, cancelación de anotación preventiva; y, daños y perjuicios, seguido por el ahora accionante contra Lili Natividad Melgar López de Guzmán; y, Javier y Yenny Guzmán Melgar -ahora terceros interesados- (fs. 53 a 56 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 14
- CONFIRMAR