Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0909/2016-S3
Fecha: 29-Ago-2016
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 16 de enero de 2015, dentro del trámite de declaratoria de herederos, los ahora terceros interesados solicitaron al Juez Decimoprimero de Instrucción en lo Civil del departamento de Santa Cruz, resolución final y posesión sobre inmueble heredado (fs. 58 y vta.); posteriormente, por Auto 121-15 de 24 de abril de 2015, el citado Juez dispuso no ha lugar a la petición de posesión, en mérito al AS 581/2014 (fs. 63).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- Fragmento 14
- CONFIRMAR