Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2016-S3
Fecha: 31-Ago-2016
II.3.
II.3. Auto de Vista de 25 de enero de 2016, pronunciado por Irma Villavicencio Suárez, Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz -ahora demandada-, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la accionante y confirmó la Sentencia 94/15; y, Auto de 5 de febrero de igual año, de complementación del citado Auto de Vista (fs. 164 a 166 vta. y 172).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones