El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar el presente voto disidente a la DCP 0119/2016 de 19 de septiembre, sobre los arts. 1, 19.I, 52.13 y 14, 165, 167 y 139.I y II, dentro del control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado considera necesario pronunciar el presente voto disidente a la DCP 0119/2016 de 19 de septiembre, sobre los arts. 1, 19.I, 52.13 y 14, 165, 167 y 139.I y II, dentro del control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta

Fecha: 19-Sep-2016

Fragmento 2

Los fundamentos que sustenta el Voto Disidente respecto a la DCP 0119/2016 son: a) El nuevo modelo de Estado Plurinacional con autonomías y la participación de las naciones y pueblos indígena originario campesino (NPIOC);  b) La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado; c) Sujeción de la Carta Orgánica Municipal a la Constitución Política del Estado; d) Jerarquía normativa en las cartas orgánicas municipales; y, e) Sobre la denominación indivisible de lo “indígena originario campesino”.