SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

de cuyo precepto constitucional se infiere que los órganos deliberantes no son órganos competentes para emitir resoluciones relativas al gobierno municipal

De ahí que, el establecimiento de un orden jerárquico interno de las normas municipales, debe tomar en cuenta, aquellas que hacen al ejercicio de la función gubernamental en su conjunto; por esta razón las ordenanzas municipales al tener relevancia jurídica solo para la regulación interna del órgano deliberante, no son de imprescindible incorporación en dicha sucesión normativa, más aún, cuando ésta no incluye a las normas jurídicas emitidas por el órgano ejecutivo municipal, tal como prevé la Constitución en su artículo 410.II.4, cuando asigna un rango de aplicación inferior a los decretos, reglamentos y demás resoluciones que emiten estos órganos, de cuyo precepto constitucional se infiere que los órganos deliberantes no son órganos competentes para emitir resoluciones relativas al gobierno municipal’”.