SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

Fragmento 17

La DCP 0215/2015 de 16 de diciembre, indicó: “La disposición analizada prevé que el Concejo Municipal apruebe, entre otras normas, a las ‘Ordenanzas’ como normas generales del municipio, sin embargo debe considerarse que de acuerdo a la facultad legislativa asignada a los Concejos Municipales, las Ordenanzas ante las Leyes Municipales deben ser reconfiguradas, así lo entendió la DCP 0026/2013 de 29 de noviembre: ‘El nuevo escenario constitucional reconoce al gobierno local una capacidad legislativa plena en el ámbito de sus competencias, razón que obliga a redimensionar la figura de la ordenanza, dado que en este contexto el instrumento normativo de carácter general propio del Concejo es la Ley Municipal –independientemente el nombre que reciba–, restringiéndose su capacidad reglamentaria a cuestiones generalmente de gestión interna del propio Concejo.