SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En uso de su derecho a réplica, ante el informe de la parte demandada señaló que: Respecto a lo argumentado por la autoridad demandada, respecto a que la accionante firmó el 15 de diciembre de 2015, un acta de conformidad del finiquito, es necesario aclarar que se trata del pago del año 2013 a 2014, oportunidad en la que se le canceló su sueldo por un valor de Bs8 345.-(ocho mil trescientos cuarenta y cinco bolivianos), por un anterior despido del 2013, el año 2015, por ello resulta indignante hacer ver que la accionante hubiera recibido un sueldo y alegar que no realizaría reclamo posterior; la autoridad demandada no hizo referencia alguna sobre el fuero sindical, que a pesar de que la accionante tiene este fuero, volvió a ser despedida, pese a cumplir con los requisitos para ser recontratada.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. En cuanto al derecho al trabajo y empleo
- III.3. Del fuero sindical
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo