SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

II

El accionante denunció la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la impugnación, y al principio de legalidad, arguyendo que los Vocales ahora demandados, emitieron el Auto de Vista de 26 de octubre del 2015, mediante el cual rechazaron el incidente de nulidad interpuesto, bajo el argumento que existe cosa juzgada, lo que inviabiliza la procedencia del incidente de nulidad de obrados hasta el estado de que se dirija la demanda contra el incidentista o deudor principal; por lo que, no consideraron que no existe cosa juzgada cuando hay vulneración a los derechos al debido proceso y a la defensa, que contenía la demanda coactiva, ya que en el fallo de rechazo solo se limitaron a citar y copiar las consideraciones del Auto de 24 de julio de similar año, pronunciado por la Jueza a quo de situaciones omitidas, con referencia al incidente de nulidad de la Resolución interpuesta por los garantes hipotecarios, con los mismos argumentos esgrimidos por el accionante; por lo cual, considera que se encuentra en estado de indefensión.