Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2016-S3
Fecha: 01-Sep-2016
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Miriam Teresa Salazar Vda. de Maldonado, en audiencia señaló que el derecho que tenían las representadas de los accionantes precluyó, toda vez que la sentencia se encuentra ejecutoriada y que en su momento debieron pedir una enmienda y complementación o aclaración que no lo hicieron; en tal razón, la Sentencia y el Auto de Vista quedaron firmes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. El contenido esencial del derecho al debido proceso en su elemento a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- la resolución a emitirse en apelación
- CONFIRMAR