Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0922/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución de 30 de junio de 2016, cursante de fs. 45 a 49, pronunciada dentro de la acción de libertad, interpuesta por Stephanie Karen Valencia Ortega en representación sin mandato de Juan Marcelo Pinto Paredes contra Mirtha Gaby Meneses Gómez y Gina Luisa Castellón Ugarte, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Cochabamba; y, Jeanett Norah Chamo Urquieta, Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal del mismo departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Mirtha Gaby Meneses Gómez
- Jeanett Norah Chamo Urquieta, Jueza Septima de Instrucción en lo Penal del departamento de Cochabamba
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 13
- La facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
- valoración
- Basaron su decisión en una prueba inexistente o que refleje un hecho diferente al utilizado como argumento
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR