SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2016-S3

Fecha: 02-Sep-2016

i)

Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT Santa Cruz, a través de su representante, por memorial presentado el 26 de febrero de 2016, cursante de fs. 279 a 281, y en audiencia, señaló que: i) Actuó, conforme a los principios de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso, sujetando su accionar al procedimiento establecido para el conocimiento de los recursos de alzada y jerárquico, sin vulnerar ningún derecho de la Empresa accionante; ii) Las medidas se adoptaron de manera previa a la admisión del recurso de alzada, por lo que no tenía competencia para conocer o autorizar las mismas; iii) En caso de autorizar las medidas conforme al art. 140 inc. h) del CTB, una vez emitido el recurso jerárquico, se pierde competencia y la Administración Tributaria puede ejecutar el proceso desde el estado en que había quedado, en ningún momento se retrotrae al inicio de la ejecución, simplemente se suspenden las medidas; y, iv) Se admitió el recurso de alzada en cumplimiento del fallo del Tribunal de garantías; empero, si en revisión se resuelve dejar sin efecto dicho fallo, toda la actuación hasta el recurso jerárquico quedaría sin efecto, quedando firme el Auto de rechazo al recurso de alzada interpuesto y en consecuencia ejecutoriada la Resolución Determinativa impugnada el 17 de marzo de 2015.