SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2016-S3

Fecha: 19-Sep-2016

II.1.

II.1.  De acuerdo al Instructivo SENASIR 0155.05 de 11 de noviembre de 2005, el Director General Ejecutivo del SENASIR, instruyó a las direcciones y áreas de esa entidad a reconsiderar los recursos de reclamación presentados extemporáneamente, siempre que de acuerdo a la documentación presentada por el asegurado se evidencie que por razones de fuerza mayor debidamente justificada, no pudieron presentar el recurso dentro del plazo establecido para el efecto, tomando en cuenta el principio que ‘“al impedido por justa causa no le corre término”’ (sic [fs. 22]).