Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2016-S3
Fecha: 19-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera vulnerados sus derechos al debido proceso “…en su vertiente la motivación y requisitos de debe primar en toda resolución sea administrativa o judicial…”(sic) y a la defensa, toda vez que ante su solicitud de revisión del rechazo a su recurso de reclamación, por haber sufrido un accidente, respaldándose en el Instructivo SENASIR 157.05, el cual establece que en caso de impedimento no le debió correr plazo, su petición no fue respondida por la Comisión Calificadora de Rentas del SENASIR, sino por el ahora demandado, quien no consideró ni se pronunció sobre el certificado médico que demuestra la razones de fuerza mayor.
- impedido con justa causa no le corre término
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- al impedido por justa causa no le corre el término
- CONFIRMAR
- 1º CONCEDER en parte