SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2016-S3

Fecha: 22-Sep-2016

I.3.4. Intervención del Ministerio Público

Nelson Quisbert Copa, Fiscal de Materia de Pucarani en audiencia expresó que el informe emitido por el Fiscal Departamental de La Paz, fue claro y elocuente, pues en el proceso penal de referencia no se demostró que haya existido un nexo causal entre los sujetos activos con el hecho, entonces el Ministerio Público no puede forzar tal situación, por lo que la ex Fiscal Departamental emitió una Resolución objetiva y debidamente fundamentada, valorando todas las pruebas.

Mario Helmer Laura Picavia, ex Fiscal de Materia de Pucarani, en audiencia indicó que emitió la resolución de sobreseimiento debidamente fundamentada, la cual no fue “accionado” ni se pretende anular, pero es importante hacer conocer que la parte accionante en la investigación se limitó a presentar querella alegando derecho propietario sobre el lugar donde supuestamente ingresaron los imputados; empero, en ningún momento se hizo cargo de hacer seguimiento conforme el art. 306 del CPP, que establece que el denunciante debe ser quien proponga las diligencias y pruebas, es así que si no se presentó una acusación fiscal fue por falta de prueba.