SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0991/2016-S3
Fecha: 22-Sep-2016
Respecto al tipo penal de allanamiento de domicilio o sus dependencias
Respecto al tipo penal de allanamiento de domicilio o sus dependencias, indicó que en la investigación no se ha “demostrado” fehacientemente la participación de los imputados en los hechos descritos por el tipo penal señalado, refiriendo expresamente que: “…elementos de prueba que nos serían suficientes para establecer si evidentemente los sindicados David Rodolfo Vásquez Mamani, Bernardo Chura Mamani, Víctor Mamani Mamani y Ricardo Tapia Arcani, hayan ingresado a las instalaciones de ENTEL S.A. como señala el querellante, ya que se extraña en el cuaderno de investigación las declaraciones de los propios funcionarios de ENTEL S.A. que se hicieron presentes el día de los hechos 21 de noviembre de 2013, intentando realizar verificaciones o instalaciones de antenas, a efectos de que los mismos puedan reconocer si evidentemente fueron los imputados David Rodolfo Vásquez Mamani, Bernardo Chura Mamani, Víctor Mamani Mamani y Ricardo Tapia Arcani, quienes ingresaron en dichas dependencias, ya que de la declaración de los mismos señalan que no estuvieron presentes el día de los hechos en dichas instalaciones, como también se tiene del vehículo encontrado en dicha propiedad del cual se encuentra con fotografías impresas, no se tiene demostrado que el mismo pertenezca a alguno de los imputados según se tiene del informe de fecha 13 de febrero de 2014, emitido por el Jefe de Registro de Vehículos de Tránsito El Alto…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- POR NO PRESENTADA
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3.3. Intervención de los terceros interesados
- I.3.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto al tipo penal de allanamiento de domicilio o sus dependencias
- Con relación al tipo penal de robo
- En relación al delito de daño calificado
- CONFIRMAR