SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2016-S3

Fecha: 28-Sep-2016

concedió

La Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 10/2016 de 8 de junio, cursante de fs. 93 a 96 vta., concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto la providencia de 10 de febrero de 2016, al igual que el Auto interlocutorio 163/2016, ordenado que el Tribunal Tercero de Sentencia Penal del referido departamento, realice el trámite correspondiente a la excepción de extinción de la acción penal por prescripción de acuerdo a los arts. 314 y 315 del CPP, determinación asumida bajo los siguientes fundamentos: i) El trámite para las excepciones está dispuesto en los arts. 314 y 315 del CPP, mismo que no fue modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, debiéndose considerar que la excepción de extinción de la acción penal por prescripción debe merecer un tratamiento especial en atención a su naturaleza y finalidad, que conforme a los artículos mencionados son de previo y especial pronunciamiento, siendo los plazos contenidos en la citada normativa, perentorios y de cumplimiento obligatorio, habiéndose pronunciado en el mismo sentido la SCP 0193/2013 de 27 de febrero; y, ii) Si bien, conforme a lo previsto por los arts. 203 de la CPE y 15 del CPCo, únicamente las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional tienen carácter vinculante y son de cumplimiento obligatorio, es necesario que entre los jueces y tribunales exista uniformidad de criterios, no siendo correcto que un juez o tribunal resuelva un caso análogo de una manera distinta a la ya efectuada por otro.