SENTENCIA CONSTITUCIONAL Purinacional 0874/2016-s2
Fecha: 26-Sep-2016
ii.4
ii.4. Mediante Resolución SD-AP 453/2015 emitida por Roger Gonzalo Triveño Herbas y Cristina Mamani Aguilar, Consejeros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, resolvieron el recurso de apelación interpuesto por la ahora accionante, dentro el proceso disciplinario instaurado en su contra a denuncia de Teresa Murillo, en su condición de Técnico de Transparencia Institucional del Consejo de la Magistratura, acusada de suspender continuamente las audiencias de medidas cautelares y retardación de justicia, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra del imputado Jandonir Estigarribia Montes, por el supuesto delito de abigeato, los Consejeros de la Sala disciplinaria confirmaron en forma total la Sentencia Disciplinaria 32/2015, fundada en que la Jueza demanda incurrió en la omisión de las faltas disciplinarias previstas en los arts. 187.6 y 14 de la LOJ, y 178 de la CPE (fs. 238 a 240 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- ii.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Respecto a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.3. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional ni supletoria
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo