SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2017-S3
Fecha: 26-Jun-2017
calificación del proceso
En lo que concierne a la calificación del proceso, se advierte que las autoridades demandadas manifestaron los motivos por los cuales consideran que son competentes, citando disposiciones legales en base a las cuales establecieron la diferencia que hay entre el proceso contencioso y contencioso administrativo, concluyendo que el problema jurídico y las pruebas documentales se adecúan a las características del proceso contencioso; es decir, que al haberse calificado el proceso como contencioso, de acuerdo a la Ley Transitoria para la Tramitación de los Procesos Contencioso y Contencioso Administrativo conforme lo establece el art. 5 es posible plantear recurso de casación, por ello si la calificación del proceso como contencioso se traduce en una incorrecta aplicación de las disposiciones legales que devienen en la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales, aquella denuncia debe ser resuelta de manera previa a través del recurso de casación, lo que impide que este Tribunal pueda pronunciarse al respecto, en observancia al principio de subsidiariedad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos”
- el derecho al debido proceso '…exige que toda Resolución sea debidamente fundamentada
- La motivación es una exigencia constitucional de las resoluciones -judiciales y administrativas o cualesquiera otras-,
- las finalidades implícitas que determinan el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada
- cuando una resolución
- De otro lado, cuando una resolución no justifica las razones por las cuales omite o se abstiene de pronunciar sobre ciertos temas o problemas jurídicos planteados por las partes, se está ante una ‘motivación insuficiente’”
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- ii)
- iii)
- iv)
- calificación del proceso
- medidas precautorias
- notificación a la Procuraduría General del Estado