SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2017

Fecha: 11-Ene-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El Juez Público, Civil y Comercial Decimoséptimo y la Jueza Agroambiental Segunda, ambos del departamento de Santa Cruz, se consideran incompetentes para conocer y resolver la demanda de interdicto de recobrar la posesión, interpuesta por Grover Juan Durán Huanca y María Lourdes Quispe Chana contra José Luis Jiménez Cáceres; toda vez que, el primero, mediante Auto Interlocutorio de 30 de diciembre de 2015, señaló que el predio se encuentra en área rural, por lo que conforme a los arts. 17 y 23 de la Ley 3545 que modifican el 30 y 39 de la LSNRA, la autoridad competente es el Juzgado Agroambiental de turno del mismo departamento; mientras que el segundo, sostiene que no se halla facultado para conocer conflictos sobre predios ubicados en área urbana y cuyo destino o finalidad es la construcción de vivienda familiar; argumentos con los cuales, éste último promovió conflicto de competencias jurisdiccionales entre la jurisdicción ordinaria civil y la agroambiental, disponiendo remisión de antecedentes a este Tribunal.