AUTO CONSTITUCIONAL 0352/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0352/2017-RCA

Fecha: 04-Oct-2017

para que proceda la tutela provisional en los casos de aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad

Dentro de ese marco, se concluye entonces que para que proceda la tutela provisional en los casos de aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad cuando se acciona el recurso de amparo constitucional para evitar la ejecución de un mandamiento de desapoderamiento, deben darse los siguientes supuestos: a) Quien recurre de amparo constitucional, debe haber impugnado por vía de los recursos ordinarios, la resolución judicial que ordenó el desapoderamiento; b) La protección que se brinda está relacionada directamente con la vivienda en virtud de la ponderación del derecho invocado como lesionado y las circunstancias que rodean al hecho excepcional; c) Debe existir la inminencia de la ejecución del desapoderamiento y d) El derecho de uso y posesión del recurrente debe estar plenamente consolidado y demostrado”’ (las negrillas corresponden al texto original).