DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2017
Fecha: 24-Oct-2017
Territorio y estructura de autoridades
La Isla del Sol pertenece al municipio de Copacabana, provincia Manco Kapac del departamento de La Paz, tiene una extensión de 14.3 km2 divididos en comunidades, de las cuales Challa que está ubicada en la parte central de la Isla, Yumani está al sur, Challapampa al nor este, esta última a cargo del muelle más importante, de ingreso para turistas. El espacio territorial de la Isla está plagado de sitios arqueológicos y se continúan excavando nuevos monumentos del periodo ancestral; por lo que, cualquier movimiento de tierra o construcción debe merecer estudios muy amplios para no afectar los sitios patrimoniales.
De acuerdo a datos obtenidos, tanto Challa como Challapampa son comunidades afiliadas a la Subcentral Isla del Sol que a su vez pertenece a la Central Agraria cantón Sampaya que administra la primera sección con sede en la población de Copacabana y forma parte de la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de la provincia Manco Kapac “Tupac Katari”. Por tanto, las comunidades en conflicto son parte de una estructura sindical, cuya autoridad mayor es el Secretario General de la Federación Provincial, luego está el Secretario de la Central Agraria de Sampaya, en la instancia menor el Secretario de la Subcentral Isla del Sol y finalmente los Secretarios Generales de las comunidades. En cada instancia concurren colaboradores a cargo de secretarías específicas dentro de las cuales existe siempre un Secretario de Justicia que se ocupa de resolver los problemas relacionados a su área.
En las comunidades de la Isla, se advierte la vigencia de las denominaciones ancestrales de los cargos que ejercen las autoridades, en este sentido al Secretario General se lo nombra también como Tata Mallku y al Secretario de Justicia como Tata Apu Wiri. Esta relación muestra que los habitantes de la Isla, aun cuando están dentro de la lógica sindical, conservan su cultura ancestral.
- En la consulta de autoridades indígena originario campesinas (IOC) sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso concreto
- I.1. Identidad del pueblo indígena originario campesino
- Cosmovisión e idioma
- Territorio y estructura de autoridades
- Economía y producción
- II.1.1Hechos que motivan la consulta
- intelectuales y materiales,
- COOPERAR Y COORDINAR
- La falta de respeto
- II.3. Naturaleza y contenido de la consulta
- Fragmento 11
- la función jurídicial se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será transformada bajo los principios del pluralismo jurídico (…) dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’ (…)
- Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales
- vida en plenitud’
- III.3. El principio del qhapaj ñan (camino o vida noble)
- III.4. El
- III.5. Derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos vinculados a la territorialidad y la protección de sus lugares sagrados
- Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión
- De lo anterior resulta que en la cosmovisión de las NPIOC de la parte andina, como en este caso la Isla del Sol, existe una estructura llamada aquí jerarquía cosmovisionaria, que parte desde el cosmos “pacha”, representado por sus mayores símbolos de la dualidad el sol y la luna, bajando a la tierra “pacha mama”, como madre que da sustento a sus hijos y a partir de ahí en la cosmovisión terrestre aparecen las montañas, ríos, apachetas, illas e islas, como sitios sagrados en su totalidad, que inspiran valores, de respeto, protección y relacionamiento permanente en la espiritualidad del hombre, generando normas propias para su conservación y protección y la aplicación de las sanciones en casos de su quebrantamiento.
- IV. RESPONDIENDO A LA CONSULTA
- la profanación de los lugares espirituales y sagrados, quebranta el equilibrio y la armonía entre los seres humanos y las deidades, por lo que estas acciones deben ser corregidas, para el retorno al camino sagrado y la vida en plenitud o vivir bien
- 2°
- MAGISTRADO