SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1036/2017-S3
Fecha: 10-Oct-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la igualdad, al debido proceso en sus elementos de fundamentación y congruencia, al fuero sindical, “a difundir información”, a acceder a la función pública y al principio de legalidad, por cuanto la autoridad demandada convalidó a través de la Resolución de Recurso Jerárquico las Resoluciones emitidas dentro del proceso administrativo interno seguido en su contra, sin considerar la denuncia de falta de valoración de la prueba, la ausencia de argumentación y que en cada instancia se denunció que gozaba de fuero sindical, sin cambiar los argumentos de las Resoluciones de primera instancia, y si bien en la parte considerativa de la Resolución de Recurso Jerárquico ello fue reconocido, ya en la resolutiva se dispuso confirmar la Resolución del inferior y desconocer la norma de los dirigentes sindicales que prevé previo proceso de desafuero para ejecutar una sanción de destitución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.4.1.
- II.4.5.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- De todo lo mencionado, se tiene que la línea jurisprudencial relativa a la revisión de la actividad de otros tribunales por parte de la justicia constitucional ha avanzado en términos evolutivos hasta consolidar la noción que la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional
- III.2. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada en el Estado Constitucional de Derecho: Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- CONFIRMAR