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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1059/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1059/2017-S3

    Fecha: 13-Oct-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud
    • exige una estructura de forma y de fondo
    • únicamente
    • es necesario que la parte procesal, que se considera agraviada
    • qué pruebas (señalando concretamente) fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; o, cuáles no fueron recibidas, o habiéndolo sido, no fueron producidas o compulsadas
    • Asimismo, es imprescindible también, que el recurrente señale en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final
    • el recurrente debe demostrar la relación entre los hechos que se quisieron y no se pudieron probar y las pruebas
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • ningún agravio puede ser reclamado de manera directa ante este Tribunal
    • iii)
    • vi)
    • viii)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • j)
    • la autoridad que conozca del reclamo, solicitud
    • el sólo hecho de la discrepancia manifiesta de la accionante respecto a lo decidido por las autoridades de la jurisdicción ordinaria, no se traduce en vulneración a sus derechos invocados ni configura el fundamento suficiente para acudir a la justicia constitucional en procura de revisar nuevamente lo decidido por las autoridades demandas
    • a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; o, b) (…) se haya adoptado una conducta omisiva expresada, entre otras, en no recibir, producir o compulsar cierta prueba
    • REVOCAR

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