SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1059/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1059/2017-S3

Fecha: 13-Oct-2017

a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; o, b) (…) se haya adoptado una conducta omisiva expresada, entre otras, en no recibir, producir o compulsar cierta prueba

En relación a la denuncia del accionante, referida a que supuestamente las autoridades disciplinarias demandadas no efectuaron una debida valoración de la prueba presentada, pues considera que la prueba de descargo no habría sido valorada y que la prueba de cargo no demostraría su culpabilidad respecto a las faltas que le fueron atribuidas; al respecto, corresponde señalar, que para que esta jurisdicción, pueda interferir -de manera excepcional- en la labor de valoración de la prueba efectuada por las autoridades administrativas, resulta imprescindible, que el impetrante de tutela muestre fundadamente lo siguiente: “a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; o, b) (…) se haya adoptado una conducta omisiva expresada, entre otras, en no recibir, producir o compulsar cierta prueba(las negrillas nos corresponden [SC 0965/2006-R de 2 de octubre, reiterada entre otras por la SCP 0487/2013 de 12 de abril]); requisitos que no fueron cumplidos por el primer nombrado, puesto que el mismo se limitó a señalar que no se relacionó de manera precisa lo que demuestran los elementos de prueba con los hechos atribuidos a su persona, en razón a que no se determinó sobre que pruebas existen apartamientos de los marcos legales de equidad y de razonabilidad; asimismo, sobre la supuesta omisión valorativa de prueba, si bien se indica de manera bastante genérica -informes, declaraciones y actas- no se especifican las mismas -careciendo de determinación-, circunstancias que no hacen posible a esta instancia constitucional realizar una revisión excepcional.