Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
II.9.
II.9. Luisa Susana Coca Flores, mediante memorial de 10 de mayo de 2017, “solicitó Reconsideración y fotocopias legalizadas”; toda vez que, la Resolución 34/2016 configura una licencia temporal con un plazo indefinido por lo que solicitó la reconsideración de su solicitud de reincorporación inmediata al cargo electo de Concejal titular, quedando con ello agotada la vía administrativa (fs. 242 a 244) solicitud que fue remitida a la unidad de asesoría legal conforme establece el acta de sesión ordinaria de 11 de mayo de 2017 (fs. 245 a 252).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- tutela la acción parcialmente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- concejal titular
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. Derecho a ejercer la función pública
- SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2017-S2
- el impedir desempeñarse a una persona en el cargo para el cual ha sido electa o designada, o el alterarle de cualquier manera el correcto desarrollo de sus funciones, afectan gravemente su derecho a ejercer esa función pública, y también el derecho al trabajo;
- La acción de tutela busca, en este caso, impedir la exclusión del ejercicio del derecho político a representar, cuando quien la invoca ya ha sido elegida mediante voto popular para ocupar un cargo en una corporación pública.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR