SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

errónea valoración probatoria

En el caso concreto, respecto a la denunciada errónea valoración probatoria desarrollada por los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de la lectura del Auto de Vista de 28 de agosto de 2017, no se observa que la valoración probatoria desplegada se haya apartado de los marcos legales de razonabilidad y equidad para determinar la inconcurrencia de los riesgos procesales, advirtiéndose más al contrario, la existencia de un análisis razonable y coherente de los antecedentes fácticos y los elementos de convicción en los que basaron la decisión asumida, aspectos que denotan una valoración probatoria completa de los elementos de convicción; considerando además que, en el presente caso el accionante no señaló la prueba que supuestamente hubiera sido omitida en su valoración por parte de las autoridades ahora demandadas, refiriendo únicamente que el a quo le concedió la libertad por haberse enervado el riesgo procesal del art. 235.2 del CPP respecto de las pruebas periciales, testigos o partícipes del delito, peritaje en balística, disponibilidad de imágenes de celulares y pruebas del Ministerio Público, circunstancias que devienen en la denegatoria de la tutela sobre este punto.