SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

i)

Victoriano Morón Cuellar, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, también en audiencia mencionó que:      i) Ante el riesgo procesal previsto en el art. 235.2 del CPP, la defensa ofreció como prueba varios peritajes, pero estos se refieren a otros aspectos a ser considerados en juicio público, no en la medida cautelar toda vez que no desvirtúan la influencia sobre testigos o peritos; ii) Estas pericias deben ser ratificadas en juicio oral, público, continuo y contradictorio, por los peritos, por lo que puede presentarse una influencia de encontrarse en libertad el acusado -hoy accionante-; y, iii) Al contrario de lo que afirma la defensa, sí se consideró la SC 1174/2011-R porque se realizó un análisis integral del proceso, en el que una persona perdió la vida y hay siete detenidos.

El accionante acude a la acción de libertad alegando la vulneración de sus derechos invocados, por cuanto, habiéndose interpuesto recurso de apelación incidental contra la Resolución que dispuso medidas sustitutivas en su favor, los Vocales ahora demandados: i) Revocaron dichas medidas realizando una valoración  probatoria errónea;             ii) Actuaron en plena contradicción a la jurisprudencia constitucional que determina la imposibilidad de revocar la libertad en base a un solo riesgo procesal; y, iii) Señalaron audiencia de apelación incidental en un plazo menor al establecido legalmente y sin haber sido notificados legalmente.