Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
II.3.
II.3. Mediante providencia de 24 de agosto de 2017, emitida por Victoriano Morón Cuellar, Vocal de Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora codemandado-, señaló audiencia para considerar la apelación incidental interpuesta -precedentemente indicada-, para el lunes 28 del mismo mes y año (fs. 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. La solicitud de valoración de la prueba en la jurisdicción constitucional
- III.2. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.3.1. Sobre la denunciada incorrecta valoración probatoria
- errónea valoración probatoria
- 'u'
- III.4. Otras consideraciones