SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

Fragmento 22

En virtud a ello, Álvaro Alejandro Barbery Guzmán, en representación del Alcalde de Puerto Quijarro, solicitó mediante escrito presentado el 6 de julio de 2016, la remisión del expediente en consulta al superior en grado; la que fue ordenada por el Juez Público y Partido Primero de Puerto Suárez, mediante Auto de 20 del mismo mes y año; y motivo por el cual la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto 94, empero, sin entrar a resolver el fondo de la consulta, dispuso la devolución del trámite judicial a su juzgado de origen, en base a los siguientes argumentos: a) Tomando en cuenta los antecedentes del caso, las disposiciones transitorias sexta y octava II del Código Procesal Civil (CPC), que está en vigencia plena y que la sentencia elevada en grado de consulta se encuentra ejecutoriada, por lo que no es necesario hacer esta clase de consulta, sino que debe sujetarse a la normativa legal citada; y, b) De acuerdo a lo dispuesto por el art. 122 de la CPE, se anula obrados hasta el decreto de radicatoria de “fs. 552”.