SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

a)

Los accionantes ratificaron la demanda de acción de libertad presentada y ampliando sus fundamentos, mediante su abogado defensor refirieron que: a) Los Vocales demandados, no valoran las pruebas presentadas en audiencia omitiendo efectuar dicha labor de acuerdo a lo estipulado en la SCP 1744/2017 de 21 de octubre; y, b) El Tribunal de apelación no puede crear nuevos fundamentos para rechazar la apelación de una medida cautelar, dado que el Juez a quo determinó que no estaba enervado el trabajo lícito de los peticionantes porque no cursaban las patentes de pago de la gestiones 2015 y 2016; razón por la que, los accionantes presentaron la certificación del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, en la que se establecía que el pago de las patentes de la gestión 2015 se encontraba en trámite y que no se estaba recibiendo el pago del año 2016; sin embargo, los Vocales demandados a través del Auto de Vista 304/2016, crearon un nuevo fundamento para rechazar la citada prueba.