SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2017-S1

Fecha: 03-Oct-2017

para aplicar dicha causal de improcedencia

En similar sentido, debe mencionarse a la SC 0328/2010-R de 15 de junio, que estableció que para aplicar dicha causal de improcedencia (…) debe existir necesariamente la concurrencia de las tres identidades; es decir: a) De sujetos: Que sean las mismas personas las que presentan la acción dirigiéndola contra iguales autoridades o particulares contra las que accionaron antes; b) De causa: El motivo, hechos fácticos que sirven de fundamento para la demanda así como su calificación jurídica (derechos o garantías invocados como lesionados), sean los mismos en ambos casos; y, c) De objeto: Que el propósito sea el mismo tanto en el primer como en el segundo amparo…’.