Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1104/2017-S2
Fecha: 18-Oct-2017
II.6.
II.6. De acuerdo con el informe MS/VMySP/DGSS/URSSyC/ACAL/NI/55/2017 de 25 de mayo, expedido por el Director General de Servicio Salud, por el Jefe de la Unidad de Redes Servicios de Salud y Calidad, y por el Responsable del Área de Calidad del Ministerio de Salud, durante el paro del sector salud realizado el 17 y 18 de mayo de 2017, a nivel nacional, se suspendieron un número aproximado de ochocientos cincuenta cirugías, no se atendieron aproximadamente dos mil cien consultas y que aproximadamente fueron seis mil personas a las que se les privó de atención en los dos días de paro (fs. 258 a 260).
- I.2. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- el derecho a la salubridad pública supone el derecho de todos los habitantes de una comunidad a pedir y recibir por parte del Estado las siguientes prestaciones básicas y necesarias mínimas, que conlleven una vida saludable, como son, entre otras: 1) La garantía de acceso a los servicios de salud
- Por lo que es obligación del gobierno no solo asegurar la salubridad pública, sino también brindar las instalaciones y los bienes necesarios para el disfrute del más alto nivel posible de salud
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo