Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1127/2017-S1
Fecha: 12-Oct-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 07/17 de 31 de agosto de 2017, cursante de fs. 103 vta., a 106 vta., pronunciada por el Juez Público de Familia Segundo del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.3. La garantía del debido proceso, su alcance y protección
- el conjunto de requisitos que debe observar toda autoridad judicial en las instancias procesales
- CONFIRMAR