Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2017-S3
Fecha: 31-Oct-2017
a)
Solicita se conceda la tutela y en consecuencia se disponga: a) La nulidad del Proveído 12-00105-17 de 5 de abril de 2017, que negó el pedido de revocatoria y el Proveído 12-00141-17 de 2 de mayo de 2017, que declaró improcedente el recurso jerárquico interpuesto, disponiendo se dicte nueva Resolución sobre el pedido de revocatoria; y, b) Se condene en costas a la entidad fiscal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- se advierte que el ámbito de protección de derechos y garantías constitucionales, no puede ser empleado para solicitar la reparación de actos o hechos aparentemente lesivos, que en los hechos materialmente no provoquen vulneración alguna, careciendo así de relevancia en la esfera del derecho constitucional
- REVOCAR