SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2017-S1

Fecha: 24-Oct-2017

1)

Sigfrido Soleto Gualoa, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, presentó informe verbal en audiencia, señalando que: 1) El abogado de los accionantes, estuvo pasivo en audiencia de apelación de medidas cautelares, por cuanto no se le coartó el derecho a la defensa; 2) La acción de libertad procede cuando está en peligro la vida, cuando se encuentra indebidamente perseguido o procesado o privado de su libertad, en el caso presente, no existen elementos que prueben que se encuentran indebidamente perseguidos; 3) Se modificó la medida que otorgó la libertad irrestricta de los accionantes modificándola por medidas sustitutivas para asegurar la presencia de los imputados al proceso; y, 4) La falta de fundamentación aducida por los accionantes, debe ser planteada mediante una acción de amparo constitucional, y no así mediante una acción de libertad, por lo que solicitó se declare improcedente, denegándose la tutela solicitada.