SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2017

Fecha: 09-Nov-2017

b)

Por otro lado, la parte accionante luego de una extensa relación de lo que hace al principio de interés superior del niño, desarrollado tanto por instrumentos internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia constitucional, que entre otros aspectos, resaltan dicho principio como un criterio de ponderación en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, así como también, un criterio de actuación de los Estados, refiere con relación a la presente acción que la tutela del interés superior del menor adquiere un ámbito tutelar muy importante dentro del matrimonio o uniones libres con características de singularidad y estabilidad formadas entre hombre y mujer con condiciones sexuales plenas, tal como lo exigen los arts. 63 y 65 de la CPE. Esto se deduce en mérito a que en esos mismos artículos donde se definen la conformación matrimonial y de uniones estables, se contempla la efectividad de sus relaciones en las relaciones con los hijos e hijas adoptados o nacidos de aquellas. Nótese que el legislador constitucional enfatiza la existencia de los vínculos de hijos nacidos o adoptados a raíz de la unión entre hombre y mujer establecidos en los arts. 63 y 64 de la CPE.