SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2017
Fecha: 29-Nov-2017
Fundado
Por otro lado, revisado el sistema de gestión procesal de este Tribunal, se advierte que se pronunció la SCP 0013/2017 de 21 de abril, a través de la cual se declaró Fundado el recurso directo de nulidad interpuesto por Jarlin Coca Orozco, Secretario Ejecutivo de la Federación Universitaria Local (FUL), por sí y en representación de Alejandro Mostajo Rueda, Delegado del Consejo Universitario de la UMSS, y en consecuencia se declararón NULAS las Resoluciones del Consejo Universitario 01/2010 de 13 de abril, 420/10 de 27 de septiembre de 2010; y, 52/11 de 28 de octubre de 2011; consecuentemente, al encontrarse Nula la R.C.U. 52/11, no corresponde realizar mayores consideraciones sobre la mencionada resolución, por devenir de improcedente la nulidad demandada, como efecto del fallo constitucional referido ut supra.
Ahora bien, con relación a la RR. 740/15, de la cual también se demanda su nulidad, cabe señalar que conforme se tiene descrito precedentemente, se declaró nula la R.C.U. 52/11, misma que dio origen a la emisión de la resolución recurrida, puesto que dicha Resolución amplio los derechos de docentes extraordinarios, en cuyo mérito se dictó la RR 740/15, nombrando Rector interino de la UMSS, sin contar con la competencia para ese efecto, además debe tomarse en cuenta que la SCP 0013/2017 se encuentra con calidad de cosa juzgada constitucional, lo que conlleva a que se declare la nulidad de la RR. 740/15, por ser contraria a los postulados establecidos por el Estatuto Orgánico de la UMSS.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ARTÍCULO PRIMERO
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad: jurisprudencia reiterada
- a)
- 1)
- el nombramiento de sus autoridades, su personal docente y administrativo; la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales
- la autonomía referida concede la potestad necesaria a las universidades públicas, para que éstas, en el marco de sus respectivas competencias, puedan decidir la forma y estructura de su gobierno interno, elaborar y aprobar su propia normativa, tales como sus estatutos orgánicos y reglamentos; fijar las condiciones de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fundado
- 4°