SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2017-S3

Fecha: 03-Nov-2017

II.5.

II.5.  El 16 de agosto de 2017, el Juez ahora demandado emitió Auto disponiendo no ha lugar a lo solicitado por existir prohibición expresa de emisión de informes sobre aspectos que cursan en el expediente, y sobre la solicitud de devolución de bienes indicó que con carácter previo la hoy accionante, en su condición de tercera interesada dentro de la acción ejecutiva, considerando que esa es una cuestión accesoria que debe formularse por la vía incidental de acuerdo al       art. 338 y ss. del CPC, acreditando los medios de prueba pertinentes, subsane tal aspecto en el plazo de tres días (fs. 115).