SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2017-S3
Fecha: 03-Nov-2017
manifestó su consentimiento expreso y solicitó la confirmación de dicha determinación
Consecuentemente, considerando que de manera preliminar o antes de acudir a esta instancia, la accionante lejos de pretender impugnar la determinación asumida por la autoridad judicial ahora demandada, relativa al embargo de sus bienes, manifestó su consentimiento expreso y solicitó la confirmación de dicha determinación, pues concreta y expresamente, mediante memorial de 11 de septiembre de 2017, solicitó se confirme el Auto de 1 de igual mes y año, que dispuso dejar sin efecto solo el embargo del living de cuatro piezas y de un equipo reproductor Sony -por estar respaldados con recibos-, y por lo demás mantuvo incólume el embargo ejecutado el 2 de agosto de ese año; en consecuencia, respecto a los actos procesales por el que se manifiesta expresamente la voluntad de la accionante, concurriendo la existencia de actos consentidos, en atención a la normativa constitucional y jurisprudencia emitida por este Tribunal -salvando la activación de los instrumentos procesales establecidos en sede ordinaria, por la accionante-, corresponde a esta Sala denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- ) Que se hubiese conformado con dicho acto o lo hubiese admitido por manifestaciones concretas de su voluntad
- el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo, tomando una actitud pasiva frente al mismo, o en su caso, realizando acciones que no tienden a restablecer el acto considerado lesivo
- debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales, de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos y garantías constitucionales'
- III.2. Análisis del caso concreto
- la ahora accionante presentó memorial de respuesta al recurso interpuesto por la parte ejecutante -hoy codemandado-, solicitando expresamente
- libre y expresamente
- manifestó su consentimiento expreso y solicitó la confirmación de dicha determinación
- CONFIRMAR