SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2017-S3

Fecha: 09-Nov-2017

aclaración de voto

           El art. 10.III del CPCo, estableció que las magistradas y los magistrados podrán formular voto disidente o en su caso aclaración de voto, debidamente fundamentado, cuando sus criterios jurídicos no sean coincidentes con los de la mayoría; lo que implica que, si bien la autoridad que anuncia su voto aclaratorio suscribe la Sentencia o Auto; empero, exterioriza  su desacuerdo con uno o varios obiter dictum contenidos en los fundamentos jurídicos de una resolución.