Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2017-S3
Fecha: 09-Nov-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
La parte accionante, considera lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos a una debida fundamentación, motivación y congruencia, a la defensa, de petición, a la “legalidad del procedimiento” y a la propiedad privada; citando al efecto los arts. 24, 56, 115, 117.I y 119 de la CPE; 17.1 y 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 21.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.2.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. El principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 17
- aclaración de voto
- pero no decisivas de la resolución
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR