SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2017-S2

Fecha: 15-Nov-2017

III.2. Análisis en el caso concreto

Los accionantes consideran que las autoridades demandadas, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público contra Mario Ayllón Sánchez, vulneraron derecho al debido proceso, en su triple dimensión, congruencia, fundamentación y acceso a la justicia, por cuanto mediante Auto de Vista 212/2017 de 15 de septiembre, revocaron el ”Auto Interlocutorio 82/2015 de 2 de julio“, declarando probada la excepción de incompetencia en razón de materia, planteado por el procesado, sin considerar que existía una acusación, además que el proceso debió ser dilucidado en la vía penal y no en la vía civil, por otro lado, omitieron pronunciarse y valorar prueba, respecto a la denuncia realizada por todas las partes.

De la revisión de antecedentes que cursan en el expediente, se puede advertir que el 21 de marzo de 2012, Juan Fuentes Bolaños, procedió a realizar una denuncia contra Mario Ayllón Sánchez, por el delito de estafa, ante el Ministerio Público, por causa de que le había sonsacado la suma de Bs835 000.-, para la construcción de dos obras, adjudicadas por el denunciado, cobrando dineros, que nunca recibió, posteriormente Juan Fuentes Bolaños, presentó querella el 6 de julio de 2012, que fue admitido el 9 de julio de 2012, posteriormente el 31 de enero de 2013, Fagira Eid Osinaga, Erick Severiche Caballero y Aleja Guzmán Pórcel, presentaron adhesión a la denuncia y formalizaron querella contra el procesado, por el delito de estafa agravada, por causa de haberles ”sonsacado“ material de construcción y transporte, adhesión que fue admitida por el Fiscal de Materia el 1 de febrero de igual año.