AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2017-O

Fecha: 08-Dic-2017

I.2. Resolución de la Jueza de garantías

La Jueza Pública Civil y Comercial Decimosexta de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías; mediante Auto de 30 de agosto de 2017, cursante de fs. 1242 a 1243, desestimó la suspensión de la ejecución de la Sentencia 446/2016, fundamentando que de la lectura de esta última se tiene que las autoridades demandadas cumplieron lo dispuesto en la Resolución de acción de amparo constitucional, no pudiendo ordenarse la realización de otras actuaciones sobre las cuales no se proporcionó tutela; posteriormente, mediante Auto de 15 de noviembre de igual año, la Jueza de garantías ratificando el contenido del Auto de 30 de agosto de igual año y rechazando la queja de incumplimiento formulada por María Carolina Cortez Alanoca y María José Guillén Ortúzar en representación legal de Milton Claros Hinojosa, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.